LSSI: No había que complicarlo tanto.
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=24175&NForo=4
Internet podrá destruirse o anularse al 100%, pero nunca regularse al
100%. Y esto no lo digo yo, sino numerosos expertos. Internet puede y debe
AUTOREGULARSE. Y lo que SÍ pueden hacer los gobiernos sin empantanarse, es
fomentar dicha autoregulación.
Creo que había una forma bien sencillita de ofrecer "seguridad y
confianza", no sólo al consumidor, sino a los webmasters, que requería
bastante menos tiempo de tantas cábalas, y que habría sido muy positiva.
La expongo, por si aún no se le hubiese ocurrido a nadie.
Lo que planteo a continuación se inspira tanto de la licencia GPL del
software abierto, como de las normas de calidad ISO-9000.
Apoyandonos en el artículo 18 de la LSSI, supongamos que el MCyT publica un
"código de conducta", al que mejor vamos a llamar "Código
de Buenas Prácticas en el Comercio Electrónico" (CBPCE). Este código
dará una relación de compromisos que el web ofrecerá al consumidor (no
enviar spam o "etiquetar éste", condiciones de devolución y
reembolso, copia de condiciones en factura, etc.)
Todo web que desee adherirse a dicho código, lo comunicará al MCyT, el
cual CACHEARIA TODAS LAS PAGINAS DEL WEB, enviando al autor del web un NÚMERO
DE ADHESIÓN al CBPCE
Al solicitar la adhesión a dicho CBPCE, el web en cuestión deberá
completar un formulario electrónico, indicando los datos necesarios para la
identificación física de los responsables del web. Estos datos serán
albergados de forma confidencial por el MCyT, para ponerlos a disposición
de quién corresponda en caso de litigio.
Además, el MCyT, creará un logotipo específico para que los webs
adheridos al CBPCE lo coloquen en sus webs, junto con el número
anteriormente mencionado. Este logo, deberá colocarse SIEMPRE con un enlace
a la versión cacheada de las páginas.
El logo del CBPCE no podrá exibirse sin número o sin enlace, y deberá
retirarse del web tan pronto como el web cambie y hasta solicitar un nuevo núm.
de adhesión. La utilización de dicho logo sin cumplir estos requisitos,
será sancionable, así como el incumplimiento de puntos del mismo en
operaciones comerciales realizadas a su amparo.
De esta forma el consumidor siempre podrá comprobar si lo que ofrece un web
de e-commerce en un momento dado, es lo mismo que ofrecia ayer o ya lo han
cambiado. Y si dentro de X meses hay reclamaciones, el MCyT siempre tendrá
la copia de páginas cacheadas en su momento, así como la plena
identificación del webmaster.
Al igual que con la licencia GPL o las normas ISO, la adhesión a este código
es voluntaria, y supone ofrecer "algo más" al consumidor, más
"seguridad y confianza", avalada por el MCyT.
Creo que:
a) En poco tiempo, los webs adheridos al CBPEC tendrán una gran ventaja
comercial sobre los que no lo estén, que languidecerán.
b) Todo el proceso de adhesión al CBPCE puede hacerse de forma desasistida,
y con ello gratuita, o a muy bajo precio (o no funcionará).
c) Si los funcionarios del MCyT van a hacer de policías, ya sólo tendrán
que supervisar los webs adheridos al CBPCE.
d) A ver quién es el guap@ que solicita un CBPCE para un web porno (el
porno a freir esparragos).
e) Si la idea funciona, seguro que es exportable y un buen ejemplo de
iniciativa autoreguladora en Internet.
f) Con esto y poco más, el resto de la LSSI sobra.
Opiniones por favor.
Saludos,
FOROS PP y MCyT ¿CUÁL LLEVA LA RAZÓN?
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=24136&NForo=4
FOROS PP 2002:
"La financiación de una web personal, repetimos, de una web personal,
no se considera prestación de servicios, porque ese dinero que obtiene por
los banner, es una financiación, no es un dinero por un servicio que el web
master presta. Y como no es un prestador de servicio, NO SE TIENE QUE
REGISTRAR EN NINGUN SITIO. Usted tiene dos posibilidades: creernos o ir a
inscribirse sin necesidad.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular "
MINISTERIO CIENCIA Y TECNOLOGÍA:
"La página que cuente con banners, patrocinio, pop-ups u otro tipo de
publicidad, POR LA QUE EL TITULAR DE LA PÁGINA COBRE, está sujeta a la
Ley. En otro caso, su titular no estará obligado a cumplir sus
preceptos."
¿A quién hacemos caso?.
Respuestas ofrecidas por el Ministerio de Ciencia y Tecnología
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=24064&NForo=4
A las cuestiones planteadas al Ministerio he recibido la siguiente
contestación, os la expongo a fin de que os hagais una idea de lo que
significa la LSSI:
Estimados señores, quisiera plantearles las siguientes cuestiones:
La Ley de los Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico confirma
que "Servicio de intermediación" es un servicio de la
sociedad de la información por el que se facilita la prestación o
utilización de otros servicios de la sociedad de la información o el
acceso a la información. Son servicios de intermediación la provisión de
instrumentos de búsqueda, acceso y recopilación de datos o de enlaces a
otros sitios de Internet.
Con relación a lo anterior, en mi página personal tengo enlaces a
buscadores, o sea, indirectamente estoy ofreciendo un servicio de
"provisión de instrumentos de búsqueda" como dice la ley. También
tengo un ingente número de hipervínculos a otras web especializadas en
distintos temas y todo ello lo ofrezco a mis visitantes de forma altruista y
desinteresada, pero la ley dice que "el acceso y recopilación de datos
o de enlaces a otros sitios de Internet" es un "Servicio de
intermediación".
¿Estoy incluido en el ámbito de aplicación de la Ley?
Respuesta: sí.
Un saludo,
Gema Campillos González
Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información
NOTA: Espero que os haya servido de algo.
¿Es esto legal? (Datos personales en la web)
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23606&NForo=4
Por ejemplo: En mi web tengo que poner esto:
Web propiedad de Pepito Grillo, con DNI nº 000000000, cuya dirección es:
Calle del fin del mundo, nº 666. 2800-1, TLF: 9100000000.
Bien, pero esto que yo sepa atenta contra la ley de protección de datos
personales. ¿Sería legal poner esto?.
La exposición publica de los datos personales del WebMaster de esta página
web debe estar tutelada por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal basandome en:
Artículo 1. Objeto. La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y
proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las
libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas,
y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
La finalidad principal de la LSSI sugiere un fichero informatizado de
tratamiento de datos personales a nivel de la Red en España que la Ley
organica de Proteccion de datos en el Titulo IV, capitulo I define como
Ficheros de Titularidad pública, puesto que se trata de un fichero
informatizado de datos personales a nivel de la red que asimismo deberia
estar controlado por la Agencia de proteccion de Datos de España, ente
independiente de la Administración.
Expuestos los puntos y para cumplir con los requisitos de la LSSI y sin
animo de entorpecer la aplicacion de dicha ley, el webmaster de esta pagina
enviará todos sus datos personales a toda persona o ente que tenga un interés
directo y licito desarrollando el Art 4.1 de la Ley de proteccion de datos.
Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su
tratamiento, así como someterlos a dicho tratamiento, cuando sean
adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las
finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan
obtenido. , para ello puede solicitarlo previa exposición de motivos al
webmaster mediante correo electronico.
XXXXX@XXXXXX.com
El webmaster de esta pagina intenta evitar la utilización no autorizada de
sus datos personales por terceras personas amparándose en la Ley de
proteccion de datos, y desea cumplir con las obligaciones de la LSSI.
...y la bomba aún no ha explotado.
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23558&NForo=4
La LSSI ha caído como una bomba en la comunidad Internet española, con eco en el extranjero como ya sabemos.
Pero esa bomba, que es atómica, aún no ha explotado. Es decir, aún no se ha sancionado a nadie.
Cuando explote la primera sanción, sus daños serán imprevisibles, y sus consecuencias mucho más.
La victima de la sea la primera sanción, pasará a la Historia de Internet, recibirá la solidaridad de toda La Red y según los destrozos, puede que su caso se haga tan famoso como los de las nigerianas condenadas a lapidamiento.
La "explosión" de una sanción grave puede dar al traste con pequeños negocios, perjudicar familias, etc. Me imagino los titulares "Familia arruinada en España por leyes medievales en Internet"
La "explosión" de una sanción muy grave, puede destruir por completo empresas de cierta envergadura, sus empleos, perjudicar a sus clientes, hacer huir virtualmente a mucha gente, etc.
La "explosión" de una de estas bombas, puede provocar una reacción en cadena en Internet a nivel mundial, de alcance y consecuencias imprevisibles. ¿No lo había pensado nadie?
Con la LSSI , y en ese momento MILES de WEBS que no cumplen la ley, la Internet española se ha convertido en un auténtico polvorín, las mechas de cuyas bombas acaban todas en el MCyT.
¿Quién va a ser el valiente que va a prender la primera mecha? Él también pasará a la Historia, como el piloto del Enola Gay. Sus datos personales también van a estar en La Red, y esto no es una amenaza; es algo que el sentido común dicta que ocurrirá.
Señoras/es, por favor, sólo siéntese en un sillón cómodo, y como en el Ajedrez, empiecen a considerar posibilidades, sus consecuencias, las consecuencias de las consecuencias ... y pónganse una tila a mano.
Si señoras/es, los Internautas estamos solos ante la LSSI ... pero gracias a Internet que nos conecta, somos muchos ... y gracias a la solidaridad en La Red, lo somos en todo el planeta. Es una soledad muy bien compartida :-)
Y por favor, no me borren el mensaje, sin duda va a tranquilizar a más de uno.
Reflexión sobre la LSSI, Internet y los negocios en España
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22104&NForo=4
Antes de nada, creo que es mi deber decir que me opongo de forma rotunda
a la LSSI y que tal vez por eso mi opinión pueda no ser del todo objetiva.
Mi principal motivo para oponerme a la ley es el punto por el cual, toda web
que realize cualquier tipo de actividad económica, debe poner a público
conocimiento sus datos personales (sean físicos o jurídicos).
Veamos, la persona que tiene una web sobre... terrorismo por ejemplo, tema,
por desgracia, muy de moda en nuestro país.
Este individuo, para pagar los 30euros que le cuesta el dominio al año,
pone unos anuncios de una agencia de pago por click. Digamos...
TradeDoubler. De esta forma, consigue al año unos... ¿20euros? Bien, pues
como se siente solidario con el tema, los otros 10euros los pone de su
bolsillo.
Veamos, según esta ley, este individuo que decide protestar contra el
terrorismo a través de la red, debe poner en su página su nombre y
apellidos, teléfono, dirección, código postal, e-mail... Fantástico, así
si algun proetarra decide gastar una "gamberrada" a alguien ya
tiene todo lo que necesita. Ilegalicemos Batasuna para que no tenga la lista
de censos y démosles solo los datos de los que se atreven a hablar en su
contra.
Esto es simplemente un ejemplo, de lo que obligan algunos de los párrafos
de la ley, que por su ambiguedad pienso que dejan a la LSSI a la altura del
betún y que deberían ser reformados de forma urgente, para evitar
situaciones tan paradójicas como esta.
Señores, no es cuestión de criticar por criticar, pero creo que hay cosas
que se deben de mejorar y de forma inmediata si se quiere evitar que ciertas
personas tachen a este gobierno, no sin cierta razón, de fascista y
censurador.
Es solo mi opinión.
...
Terminando la primera parte de mi mensaje... Y lo que voy a hablar, lo
digo por experiencia personal.
Uno tiene una web que tiene más o menos un tráfico considerable. Si
desea estar dentro de la legalidad, debe constituirse en Sociedad Mercantil
o en Autónomo, para poder realizar las facturas, pagos de IVA, IAE, etc.
Bien, hagamos unas sencillas cuentas que son las que yo me hago todos los
meses cuando me planteo si cerrar la empresa o no:
Cuota MÍNIMA a la Seguridad Social: 200€/mes Couta de IAE (a
desaparecer por fortuna): 200€/año Alojamiento + Dominio: 50€/año
Si sumamos todo esto, obtenemos un total de 2.650€ cada año, de los
que 50€ corresponden a los gastos propios de la actividad y el resto
(2.600€) va para el estado.
Ahora, digamos que, tal y como dicen que hay que hacerlo, voy y me pongo
un sueldo modestito. 1.000€ al mes. En total, acabo pagando 14.650€ al
año.
Fantástico. Ahora veamos que supone esto. A 0.03€ el click que es el
precio de mercado, y un ratio de clicks de 0.01% sobre el número de
visitas, quiere decir que para cubrir gastos necesito tener...
aproximadamente, 49 millones de visitas...
Teniendo en cuenta que en España hay 40 millones de habitantes, quiere
decir que cada año me tienen que visitar todos los habitantes de España y
algunos de ellos, varias veces.
Digo yo... ¿Por qué tengo que ponerme OBLIGATORIAMENTE un sueldo? ¿Por
qué tengo que pagar casi medio millón de pesetas al año al estado, si
encima, si tengo que cerrar la empresa, ni siquiera tengo derecho al paro
por ser empresario?
Y por supuesto, después de todo esto, si consigo tener algún beneficio,
por mínimo que sea, el estado se lleva el 30%. Bien, así es como se
fomenta la creación de nuevas empresas. ¿No?
Buenas Tardes
Sobre la censura
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22290&NForo=4
Existen diversas formas de censurar... la LSSI censura desde el momento
en que:
- El regimen sancionador no es proporcional a los resultados económicos
de cada web. Si su argumento se va apoyar en que las leyes deben ser
generales y hay que establecer un marco de actuación en esta línea podemos
llegar a conclusiones curiosas: que el IRPF no tenga un escalado, que los
diputados no esten aforados, que los presidentes de ciertas comunidades
autonomas no cobren más de un millón de euros en 15 años al abandonar su
cargo, además de algunas otras minucias ... CENSURA INDIRECTA ECONOMICO
SANCIONADORA y RESTRICCION DE DERECHOS DE COMPETENCIA
- Van a quedar registradas las lineas de navegación de usuarios que se
conecten a Internet desde ISPs españoles. Acaso piensan que es lo mismo
moverse sin el gran ojo vigilante que con el? Qué pasaría si se obligara
por ley a que se guardara un archivo con fotocopia de todo el correo
clásico? Porqué es diferente lo que se plantea en la LSSI? Y que pasa con
la comunicaciones telefónicas? Su argumento respecto a facilitar el trabajo
de la justicia en los casos en que se requiera es basicamente inconsistente
... obliguen a registrarse a todos los que entren por ejemplo en cualquier
gran almacén y guarden la información durante 1 año. CENSURA INDIRECTA
OJO VIGILANTE Y LIMITE A LA LIBERTAD DE MOVIMIENTO
- Impiden el acceso a determinados espacios que judicialmente se hayan
declarado ilegales. Entiendo que deben cerrar el espacio que corresponda
pero no mi libertad de navegar por Internet. Es como si dijeran quien hable
con un político es también un político. En cualquier caso es recomendable
que establezcan una lista de todos los sitios en Internet que estan vedados
en estos momentos al navegante que acceda desde España, no se muy bien en
base a que ley. CENSURA DIRECTA NO TRANSPARENTE Y LIMITE A LA LIBERTAD DE
ACCESO A LA INFORMACION Y MOVIMIENTO
Comento que cuando hay procesos electorales me inundan el buzón de
correo publicitario. Agradezco el interés que han manifestado con la LSSI
en luchar contra el SPAM y en esta misma línea me gustaría poder denunciar
a todos los partidos políticos que me envien el citado correo, y digo a
todos los que lo hagan, que son muchos y a ninguno he autorizado. Me parece
bien que las multas sigan la línea de la LSSI y propongo que además
incorporen un añadido por tala de árboles, al menos a los que no usen
papel reciclado.
Puedo continuar argumentado largo y tendido, las cosas mal hechas
propician que la linea argumental en contra pueda tender al infinito. En los
USA se dice que a la administración van los menos espabilados. Tal vez en
las Españas a la política van los más listos, que no es lo mismo que los
más inteligentes.
¿Ente prestador de servicios?
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22600&NForo=4
Si como ha dicho el ministro Piqué, esta ley hay que interpretarla desde
el sentido común;
¿Como dice usted que toda web que produzca beneficios está en el ámbito
de aplicación de dicha ley?
Para empezar la inscripción en el registro mercantil, tiene unos costes y
eso supondría en muchos casos obligar al dueño de una web a pagar más de
lo que gana con ella. ¿Para que hablan entonces en sus campañas de
extender el uso de las nuevas tecnologías cuando están imponiendo cargas
fiscales sobre la actividad creativa en internet?.
Según la exposición de motivos de la propia ley, lo que se pretende
es garantizar una mayor seguridad al usuario o consumidor de servicios por
internet, de tal forma que el dueño de una página web no tenga total
impunidad respecto a aquellos servicios defectuosos que ofrezcan a cambio de
una contraprestación.
¿Que utilidad tiene entonces que una web personal sobre la flauta travesera
sea inscrita en el registro solo por tener unos banners si no se está
ofreciendo ningún servicio al usuario de internet susceptible de lesividad?
Sobre la publicidad de los datos
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22520&NForo=4
Vamos a ver ... todos estamos de acuerdo con el desacierto del tema de
mostrar los datos en público, menos usted Sr.Moderador, al menos
aparentemente por lo que he visto en este foro (rectifiqueme si me
equivoco).
Usted Sr. moderador reconocerá que hay mucha gente que gracias a la
garantia del anonimato se le puede ocurrir llamarme a las 4 de la madrugada
por que ha encontrado sus datos en mi página web y quedarse tan ancho y en
la impunidad.
Igualmente reconozco muy acertado el ejemplo de la página de contenido
antiterrorista. Fíjesé usted la situación de quien de forma altruista (o
parcialmente financiada mediante banners ... 5.000 pesetas al mes que apenas
si cubren para pagar el alojamiento) debe mostrar sus datos en publico para
que cualquier pro-etarra acuda a su casa para darle la enhorabuena por su página
web y de paso descerrajarle dos tiros con una 9mm. parabellum.
Entiendo que en el ánimo de dicha norma está el de permitir la
identificación del propietario del "negocio" por una posible
exigencia de responsabilidades, pero, ya que además se le exige registrar
sus páginas web en el registro mercantil o en otro equivalente en el caso
de no tratarse de empresa ¿ no se cumple así con dicha necesidad
identificativa ?
¿ no es suficiente con que. quien se sienta perjudicado, acuda al registro
dé SUS datos, como peticionante y en garantia de el titular de dichos datos
?
La LSSI protege a los ciudadanos ...
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22989&NForo=4
La LSSI protege a los ciudadanos ... de no se sabe muy bien qué.
Veamos un bonito caso real.
Yo el otro día me bajé de Internet un programa gratuito, accesible a
cualquier chaval que sepa un poco de inglés (ni siquiera mucho). No digo el
programa, ya que eso es de censura segura, pero tampoco hay que buscar
mucho.
Con ese bonito programa y buscando al azar, en cuestión de un ratillo me
metí en el ordenador de una asesoría de mi ciudad. Hasta la cocina, como
aquel que dice. Eso sí, miré unos cuantos de sus documentos, para saber
quienes eran, les llamé por teléfono y les avisé de cómo estaban. Se
quedaron perplejos.
También entré en un despacho de abogados y ... una empresa de hacer páginas
WEB, sin contar algún que otro particular (uno tenía las fotos de su viaje
a Praga, muy bonitas por cierto).
Claro, claro, estuve violando su intimidad, pero la violé poco. ¿Me van a
colgar de una grúa? Espero que no; seguro que mientras que Ud. lee esto,
decenas de ordenadores españoles conectados a Internet están siendo
"visitados" sin permiso.
¿Cómo protege la LSSI a esta gente que su ISP ha conectado a Interet
"a pelo", con la IP pública en su tarjeta de red, sin firewall y
sin avisarles de qué iba la cosa?
¿No debería dicha bonita e ingeniosa ley, recoger la obligación de que
los proveedores de acceso a Internet NO conecten a los cuidadanos a la buena
de Dios, sin ni siquiera avisarles de que estan compartiendo su disco duro
... con toda la Internet?
Puestos a cargar muertos a los ISPs, ¿no es eso más importante, sencillo y
barato que guardar los e-mails de los ciudadanos durante un año?
¿Acaso no es más importante para los ciudadanos tener sus ordenadores
seguros, que saber quién es, donde vive y como se llama el autor de una web
sobre cría de canarios?
¿Acaso no es más importante proteger a los ciudadanos de que alguien se
meta en sus ordenadores sin permiso, que de recibir e-mails sin permiso?
A falta de ley que nos proteja, de sensatez de los ISPs, y otras cosas,
recomiendo a toda persona conectada a Interente que se baje la versión
gratuita del Zone Alarm (zonelabs.com) y se lo instale. De esa forma no será
tan fácil que le hagan "visitas secretas".
Quienes estén conectados con un proveedor de cable, o en el modo
"monousuario" de Telefónica, no se asusten si ven que cada 10
minutos alguien, desde algún lugar del mundo, pide paso en su ordenador.
Y no cuento más, que yo por esas cosas cobro, y aquí no me puedo hacer
publicidad.
Bueno, pués otra muestra más de la desconexión entre la LSSI y las
necesidades reales de los ciudadanos, sobre todo en cuanto a *protección y
privacidad*.
¿Gratis?... no es cierto
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23123&NForo=4
Llevan bastante tiempo diciendo aquí que el cumplir LSSI es gratuito:
MENTIRA.
He realizado una consulta al Registro, allá donde deberíamos registrar el
dominio, que muchos, como yo, hemos pagado ya... primera sorpresa (aunque no
lo era, la verdad, ya me lo esperaba). 50 euros por dominio.
Mi web tiene un banner. No he subido aun el disclaimer, ni he puesto mis
datos. Mis gastos en web (sin contar conexiones, etc) ascienden a 250 euros.
Los ingresos por banners, 30 euros. Con este ritmo, cuando tenga que renovar
dominio y espacio, me costaría 130 euros nada mas... es decir, seguiria con
perdidas... pero eso si, segun unos abogados anti-lssi consultados, pasado
el plazo de moratoria, mi web personal pagaria, de no cambiar, unas multas
acumuladas que irian (sientense, señores) desde los 36.000 euros hasta los
210.000.
Y ahora, una preguntita para el señor moderador: teniendo esas mismas
obligaciones que cualquier web de empresa... ¿nos permitirán acceder a las
mismas subvenciones millonarias?.
Sáltate mil semáforos
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23414&NForo=4
Hace unos meses me salté un semáforo en rojo (deliberadamente, he de
reconocerlo), me pilló un agente municipal y me "casco" 150 euros
de merecida multa. Mucha gente ha muerto por conductores que se han saltado
semáforos.
Si en mi pequeña empresa, de menos de 10 personas, pongo un servidor Linux,
con buzones para mis 20 o 30 clientes importantes, y no retengo sus e-mails,
resulta que según el artículo 38.3.c de LSSI, me pueden caer a partir de
150.001 euros de sanción, lo cual supondría el cierre de la empresa, el
viaje al paro de los empleados y el mio bajo un puente.
O sea, por algo que no veo como puede hacer daño a nadie, que en este
momento hacen miles de empresas en todo el mundo, me puede caer una sanción
demoledora, equivalente a saltarme mil semáforos (en los que milagro será
que no ocurra una grave desgracia).
Si, si, ya sé que si me salto varios semáforós en poco tiempo, se me va a
caer el pelo, pero eso no altera sustancialmente el razonamiento.
¿De verdad creen que esta ley no va a retraer la actividad española en
Internet?.
¿Es la LSSI una ley terrorífica, o no?.
Sobre alternativas
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23493&NForo=4
Intentamos ayudar en los borradores, para que no sucediera esto.
De eso hace un año, no hubo respuesta.
Los email se los he solicitado a Foros 2000, porque sé que existen otras
direcciones, donde si podrían atendernos debidamente.
Esto me lleva a hacer otra pregunta:
¿ Cómo podemos colaborar en ayudar al plan INFO XXI ? ¿ Cómo podemos
ayudar a una nueva redacción de esta ley ?
No me digan que una nueva redacción de esa ley, no es viable, mas que ser
viables es urgentemente necesaria en los siguientes términos:
- Dejar claro, pero que muy claro , la protección a la iniciativa
particular y privada para la creación de sitios webs.
- Idem a la prestación de servicios de carácter altruista o con poca
cantidad de beneficios ( el caso de los banners que mantienen los sitios
webs ).
- Solamente, este tipo de sites, deberían de acatar los Articulos 7.2
y 8. En especial el 8, pues hace referencia a cuestiones totalmente
compartidas, como son: prevencion de presencia de pornografía infantil,
paginas de ideologia neonazi y/o terrorista, etc...
- Creacion de un cuerpo de webmasters y profesionales voluntarios que ayuden
a los cuerpos de seguridad en la persecución de delitos en la red.
- Nueva redacción de lo referente al registro de dominios, dejando el
registro al que hace referencia la LSSIyCE como alternativo e indicativo de
alta calidad y confianza del Estado. A otros efectos jurídicos tendran como
domicilio y propietario del dominio a los que se encuentran reflejados en la
IANA e ICANN, información pública accesible mediante técnicas WHOIS.
- Para las labores de peritaje en lo referente a esta ley los jueces podrán
usar el cuerpo de profesionales voluntarios de Internet asi como a los
funcionarios del MCyT.
- Inclusion de más conceptos en el Anexo, en el que se reflejen los
conceptos de : IP, WHOIS, IANA, ICANN, W3C, Sitios web personales, Tiendas
online, comercio online, almacen online, Sitios web de empresas, etc..., de
este modo se evitarían estos malosentendidos.
Señor Foros 2000, en el mundo laboral se dice : "No me den problemas ,
den soluciones",
los más listos suelen decir: "no me den problemas, indiquenme los
problemas y den las soluciones".
Esto se llama espíritu y crítica constructiva.
Espero que esto ayude.
Manifiesto
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22953&NForo=4
Internet nació de la AUTORREGULACIÓN, las personas ejercen en ella sus
derechos individuales y debe seguir siendo así; el mismo conjunto de reglas
que hacen posible la RED, es un MODELO PERFECTO alcanzable por la Sociedad
Global: un aparente desorden que esconde en si mismo un universo
completamente descentralizado y coordinado.
Las reglas de la actual Internet no deben contaminarse con la lógica de una
sociedad mercantil dominante. Internet, como el planeta Tierra, es GLOBAL;
no estamos aislados en nuestros respectivos países a pesar de que, a través
de los siglos y culturas dominantes, nos fuera impuesto como verdad
absoluta. Hoy Tenemos el firme convencimiento de que lo que ocurre en
cualquier parte de nuestro pequeño planeta tendrá repercusión universal a
través de Internet: CADA HOMBRE ES UN MUNDO Y DEBE TENER UN MEDIO DE
MANIFESTAR SU EXISTIR LIBREMENTE.
Defendemos y sólo vemos viable la Internet ORIGINAL, libre y abierta a
todos, frente a la Internet que nos quieren endosar, cuya existencia es
creada artificialmente de manera metódica, sibilina y constante; utilizando
los más potentes medios de comunicación mediatizados por el poder y el
dinero: la internet del ciberdelito, la internet de las grandes operaciones
financieras, la internet de los PORTALES CONTROL... Lucharemos, hasta la
completa SIMBIOSIS CON EL MUNDO REAL, por una Internet cuya clave sea la
manifestación física de la LIBRE EXPRESION DE IDEAS, difundiendo las
distintas culturas que componen nuestra Sociedad Plural de una forma
igualitaria y justa, fomentando que esa igualdad y justicia lleguen a
transformar positivamente la lamentable realidad actual. Asumimos el deber
de PRESERVAR ESTE MUNDO VIRTUAL, un mundo que abarca todo el planeta, SIN
FRONTERAS, y si es posible, debemos acordar un idioma universal, razonable,
adaptable y sencillo de aprender que sea convención desde Laponia a
Australia y desde China hasta Brasil, de tal manera que no halla límites
impuestos de ningún tipo que impidan la relación humana y el libre
intercambio de ideas o pensamientos. Internet necesita la existencia de una
democracia real en que todos los individuos, no sólo las corporaciones,
tengan voz y voto, y OPINIONES PERSONALES SEAN TENIDAS EN CUENTA POR EL
RESTO, desterrando la falsa idea de que la mayoría, por el simple y mero
hecho de ser mayoría, deba tener la razón. Un mundo virtual donde ningún
ser humano sea discriminado, despreciado o ignorado y tenga garantizados,
como mínimo, los derechos recogidos en la DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS.
INTERNET ES LIBRE; no puede admitir leyes de cada gobierno existente para
regularse, sino que las actuales leyes deben modernizarse para englobar en
si mismas, no sólo las operaciones mercantiles, sino también las conductas
y actividades que sean constitutivas de delito o falta para la Sociedad
Civil, porque Internet es otra forma de existencia de nuestra Sociedad, como
también lo son cada una de las vidas de los individuos que la componen.
La American Civil Liberties Union
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22957&NForo=4
El fallo de la Corte del Distrito Este de Pensilvania, en el caso entre
la American Civil Liberties Union versus Janet Reno, Fiscal General de los
Estados Unidos, es en sí mismo un manifiesto de libertad a la altura de las
grandes Declaraciones de Derechos del Hombre:
Dejando aparte las siglas y el argot que han sembrado la vista, Internet
puede muy bien ser descrita como una conversación universal sin fin. El
Gobierno no puede, a través de la Ley de Decencia en las
Telecomunicaciones, interrumpir esa conversación. Como la forma
participativa de expresión de masas más desarrollada jamás conocida,
Internet merece la más estricta protección frente a la intrusión
gubernamental. Es cierto que muchos encuentran algunas de las
expresiones o manifestaciones en Internet ofensivas y es cierto, también,
que, en medio del estruendo del ciberespacio, muchos oyen voces que
consideran indecentes. La ausencia de regulación gubernativa de los
contenidos de Internet ha producido, incuestionablemente, una especie de
caos, pero, como uno de los expertos propuestos por los demandantes indicó
en el curso de la vista, lo que ha hecho de Internet un éxito es el caos
que representa. La fuerza de Internet es ese caos. Como sea que
la fuerza de Internet es el caos, la fuerza de nuestra libertad depende del
caos y de la cacofonía de la expresión sin trabas que protege la Primera
Enmienda. Por estas razones, sin dudarlo, considero que la Ley de
Decencia en las Comunicaciones es "prima facie" inconstitucional y
concedo las medidas cautelares solicitadas.
El Gobierno americano aprendió la lección. No se puede regular
Internet como algo ajeno al mundo real, porque Internet es información, y
regular la información de forma restrictiva supone vulnerar la Primera
Enmienda. ¿Qué hizo en consecuencia el Gobierno americano para
protegerse del cibercrimen? Lo más inteligente: dotar de medios
adecuados al FBI y al Departamento de Justicia, de forma que los
Fiscales especializados en Delitos Informáticos pudiesen combatir con éxito
las nuevas formas de delincuencia propiciadas por las Nuevas Tecnologías.
Texto extraido del documento "LA REGULACION DE LA SOCIEDAD DE LA
INFORMACION" by C. S. A
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