Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=24368&NForo=4
PREGUNTA
Sres del PP, tengo algunas dudas sobre la nueva ley y me gustaria que me
respondieran si son tan amables.
Imaginemos que tengo in ISP, en la ley queda claro que el responsable de los
contenidos es el mismo ISP, si resulta que alguno de mis clientes pone una
web que presuntamente segun la nueva ley puede ser ilegal:
1- ¿ Como se yo que realmente esa web vulnera la ley ?
2- ¿ Debo contratar un gabinete de abogados permanente que estudie todas
las webs por si alguna vulnera la ley?
3- ¿ Existe algun sitio donde me explique claramente que contenidos son
realmente ilegales y que otros no? (entenderan que la defensa nacional o la
apologia al terrorismo son terminos muy amplios)
4- ¿Ante la duda censuro la web?
Imaginemos que por ser una persona excesivamente liberal (dios me perdone)
no he censurado una web que puede ser ilegal, y por eso me cae una multa
millonaria:
1-¿ Quien decide que esa web es ilegal?
2-¿ Existe algun juicio previo para que los que han hecho la web puedan
defender que su contenido no es ilegal?
3- ¿Existe algun sitio donde se informe de que webs han sido censuradas y
porque, para que nosotros podamos saber por donde van los tiros?
Imaginemos que esta web no esta en españa sino que se aloja en el
extranjero y es filtrada para que nadie en españa pueda acceder de forma
normal:
1- ¿ Quien decide que esa web es ilegal?
2- ¿Alguien se pone en contacto con ellos para informar de que estan
cometiendo un delito en españa?
3-¿Pueden defenderse como en el caso de un juicio normal en que se supone
que existe la presuncion de inocencia?
4-¿Queda constancia publicamente en algun sitio de que esa web ha sido
filtrada para que nadie pueda acceder de forma normal en españa?
Gracias por adelantado.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
En primer lugar agradecerle sus numerosas participaciones en Foros 2000, y
la claridad en sus planteamientos y preguntas, que tratamos a continuación
de responderle.
Si usted tiene una ISP, deberá conocer la ley por supuesto, como sabe, el
desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. No obstante, en la
web del Ministerio de Ciencia y Tecnología tiene un teléfono y una dirección
de correo donde atenderán cualquier duda legal. Además, en breve el
Ministerio presentará un portal de atención de dudas sobre la LSSI, que
esperamos ayude a clarificar cualquier temor o duda.
Las preguntas sobre la legalidad de las webs. Obviamente, la legalidad y el
cierre de una web debe determinarse por un juez, como así consta en la
propia LSSI. Cuestiones más específicas como una lista de web clausuradas
y motivaciones etc, vendrán determinadas por los órganos responsables y
desarrollado en el Reglamento.
Obviamente el tema de las web alojadas fuera de España es más complejo. En
el marco de la UE posiblemente no habrá problemas al estar configurándose
el espacio de justicia común, que ayudará a resolver estas cuestiones. En
relaciones con terceros países, dependerá de acuerdos bilaterales, pero la
Justicia, debe defender los derechos del perjudicado, y si dicho perjudicado
es español, deberá cursar la correspondiente orden o notificación al
responsable, y medios para saber quien es, ya hay y se intensificarán.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=24245&NForo=4
PREGUNTA
Directiva 2000/31/CE
Punto 15
La confidencialidad de las comunicaciones queda garantizada por el artículo
5 de la Directiva 97/66/CE; basándose en dicha Directiva, los Estados
miembros deben prohibir cualquier forma de interceptar o vigilar esas
comunicaciones por parte de cualquier persona que no sea su remitente o su
destinatario salvo que esté legalmente autorizada.
La lssi no solo atenta contra este punto si no que promueve el spionaje y
interceptacion de los mensajes.
Srs del PP para que quieren ustedes mis correos, quieres ustedes saber si
soy homosexual, racista, o estoy afiliado algun partido politico.
Informacion es poder y ustedes buscan la manera de controlar la informacion
para tener todo el poder posible.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
En relación con dicha directiva, la Presidencia Danesa, que ostenta en
estos momentos la Presidencia de la UE, inició este aspecto, que finalmente
fue incluido en la LSSI, para desarrollar normas comunes para la retención
de datos pero siempre asegurando que se garantizarán todos los
derechos.
La información se guardará en los sistemas informáticos centrales y estará
a disposición de todos los gobiernos europeos. No se guardará el contenido
de los mensajes, pero sí el emisor, el receptor, el momento de la
comunicación, el medio, y la localización exacta de los comunicantes. La
propuesta se justifica, por la necesidad de luchar contra el terrorismo con
todas las armas, y contra las posibilidades que abren las nuevas tecnologías
a las bandas organizadas, control para luchar contra la pedofilia, el
racismo, el tráfico de seres humanos, el blanqueo de dinero, el narcotráfico,
el contrabando, el secuestro y un largo etcétera de formas de delincuencia
organizada.
Tenga en cuenta que los datos personales sólo podrán ser entregados a los
servicios de seguridad y a las autoridades legales con una orden judicial.
Lo que constituye un logro en comparación con el informe aprobado por el
Parlamento Europeo el pasado mes de mayo en el que se pide que los gobiernos
puedan exigir a las empresas que almacenen "durante un plazo de tiempo
limitado" datos personales cuando aleguen motivos de seguridad
nacional... sin autorización judicial.
La LSSI subraya que los datos acumulados "serán únicamente los
necesarios para facilitar la localización del equipo terminal empleado por
los usuarios para la transmisión de la información". Para la
autoridad, lo importante es "identificar el origen de los datos
alojados y el momento en que se inició la prestación del servicio" y
no el contenido. Para proteger al máximo el secreto de las
telecomunicaciones, el texto recoge que "los datos se conservarán para
su utilización en el marco de una investigación criminal o para la
salvaguardia de la seguridad pública y la defensa nacional".
Así pues, sólo jueces y fiscales podrán investigar las comunicaciones.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23302&NForo=4
PREGUNTA
Esta ley me ha pillado un poco por sorpresa y me gustaría saber los pasos definitivos para legalizar mi web:
-Vivo en Valencia, ¿dónde he de ir para registrar mi web? ¿Qué documentos debo aportar?
-A la hora de publicar mi nombre completo, DNI y dirección, ¿podría sustituir esta última (la dirección) por un apartado postal que habra a tal efecto en Correos?
Los banners son pagados, aunque la web es un hobby que no aporta lucro alguno (aporto yo dinero de mi bolsillo para mantenerla).
Agradeceré que respondan pronto (no quiero inclumplir ninguna ley por polémica y discutida que sea)
Muchas gracias.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Todo depende del tipo de web que tenga usted. Si partimos de la idea de que usted tiene una web propia, una web personal, usted no tiene que registrarse en ningún sitio (tenga banners pagados o no) pero:
-si los banner son pagados, tendrá que poner sus datos en la web
-si no son pagados usted no tiene que hacer nada
Si son pagados usted deberá publicar, su nombre o razón social, NIF, domicilio y correo electrónico, así como los códigos de conducta a los que se haya suscrito. Y en principio no tienen que haber ningún problema en sustituir la dirección por un código postal.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23033&NForo=4
PREGUNTA
Mi web es una web de tematica local, y alli muchos comerciantes exponen sus empresas a traves de un apartado dedicado a este fin. la web en general es de información local, y estos comerciantes no aportan nada por aparecer...¿me veo en la obligacion de tener que acojerme en la LSSI por tener estos comercios anunciados en mi web?....espero su respuesta
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Si a usted no le pagan por alojar dichos contenidos, usted no tiene porqué ni registrarse, ni publicar información.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22022&NForo=4
PREGUNTA
Señor moderador:
Tengo una web personal de deportes de aventura y tiro de aire comprimido. Es una web sin ánimo de lucro, en el sentido de que lo unico que pretendo es la divulgación de estos deportes y mi satisfacción personal de tener algo bien hecho en internet, sin embargo tengo un banner de un "sponsor" que me paga 0,5 euros por ckik, que es una miseria, pero que a final de mes me permite pagarme el hosting (alojamiento de la web) en un servidor y poca cosa más que la dedicación que me trae su mantenimiento.
Por otro lado tengo algunos enlaces a empresas, clubs y marcas comerciales (con logos incluidos) referentes a las actividades deportivas y de tiro a la que se refiere mi web, pero que no recibo ninguna compensación económica por ello.
Asimismo tengo un foro, como el que nos ocupa, donde los aficionados dejan sus mensajes y opiniones.
Mis preguntas son:
- Si mi web no tiene ánimo de lucro, en el sentido de que no vivo de ella y lo unico que me reporta es un pequeño ingreso que me permite sufragar solo en parte los gastos que me reporta, - Tengo que incluir mis datos personales en la web? Tengo que registrar la web en el registro? Tengo que abonar algun impuesto o tasa? se me puede denunciar si no lo hago? tengo que sacarme licencia fiscal ?
-En cuanto a los enlaces, que no me reportan ningun ingreso, tengo que incluir mis datos peronales en la web? inscribirla en el registro que especifica la ley? Tengo que pagar aunque no me reporte ingresos? De que forma controla el Mcyt si obtengo o no ingresos por mi web y si debo pagar.
-En cuanto al foro: Soy responsable ante la ley de las opiniones de mis usuarios.
-Si alojara mi web en USA o Andorra estaría afectada por la ley?
Muchas gracias por adelantado por dedicar su tiempo a aclarar mis dudas. Le agradecería me respondiera lo más urgente posible, a fin de adaptarme a la ley mañana mismo por la mañana o cerrarla, en caso de que no me fuera posible, y evitar las sanciones que por ello podrian recaerme. Sanciones, las cuales, no tengo recursos suficientes para pagarlas.
Un cordial saludo
Andres Alvarez
RESPUESTA
Estimad@ participante:
La ley es una trasposición de la Directiva Comunitaria correspondiente, y ese fue el motivo de su redacción, ese, junto a la voluntad del Gobierno de que haya seguridad en la Red para proveedores y usuarios. Esta Ley, tiene como principio de acción el territorio español, pero al estar en la UE, existen ya acuerdos en función del mercado hacia el que está orientado una web, es decir, si su actividad está enfocada a España desde fuera de España, esta Ley le afecta. Fuera de la UE también existen este tipo de acuerdos.
En cuanto a su duda, la ley es muy clara. Si usted tiene una web personal y no obtiene beneficio alguno, no está sujeto a dichos requisitos. Pero si obtiene beneficio económico, sí lo está. Este es un tema que se ha tratado a menudo. Déjenos hacerle una pregunta. Entendemos porque parece lógico, que usted estará de acuerdo en que es necesario que se registren aquellas web con fines comerciales, igual que se registra un comercio o una tienda. ¿Dónde colocaría usted el límite de ingresos para registrarse? Teniendo en cuenta que dicho registro no supone ni una pérdida de derechos, ni ningún problema o peligro para nadie, por mucho que haya quien se empeñe en creer lo contrario. No obstante, dichas cuestiones tan específicas, están siendo o serán objeto de regulación por el reglamento correspondiente.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22028&NForo=4
PREGUNTA
Si usted tiene una web personal y no obtiene beneficio alguno, no está sujeto a dichos requisitos. Pero si obtiene beneficio económico, sí lo está
POR TANTO SI LO ESTÁ
¿Dónde colocaría usted el límite de ingresos para registrarse?
NO SE, POR ESO PREGUNTO. ¿O ES ALGO QUE DECIDE EL CIUDADANO, HEHEHE?
Teniendo en cuenta que dicho registro no supone ni una pérdida de derechos, ni ningún problema o peligro para nadie, por mucho que haya quien se empeñe en creer lo contrario.
¿POR FAVOR, SABEN CUÁNTO CUESTA EL REGISTRO? (QUE AQUÍ YA NOS CONOCEMOS TODOS JEJEJE Y ME HUELO VAMOS A TENER QUE PASAR POR CAJA ¿VERDAD?)
No obstante, dichas cuestiones tan específicas, están siendo o serán objeto de regulación por el reglamento correspondiente.
O SEA QUE VDS. TAMPOCO TIENEN NI IDEA ¿NO?
---
RESUMEN: NADIE TIENE NI REPAJOLERA IDEA DE CÓMO VA A APLICARSE ÉSTO Y TODAVÍA SE EXTRAÑAN DE QUE ANDE LA GENTE COMO LOCA POR AHÍ FUERA ¿QUÉ ESPERABAN?
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Mire lamentamos que sea tan escéptico en lo que respecta a esta ley. Si le preguntamos en donde pondría el límite es para que usted vea que los poderes públicos también pensaron en un límite, pero al no poder establecerlo, y al no tener coste alguno, le repetimos, al no tener coste alguno, se generalizó para todo ingreso económico.
Y le hablamos del registro, porque usted hace referencia a una ley de contenidos generales, y toda ley de este tipo, por si no lo sabe, tiene un reglamento en el que se desarrollan estos aspectos. Pero si no le vale nuestra respuesta usted es libre de optar por otro Foro si este no le convence.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22268&NForo=4
PREGUNTA
Si le preguntamos en donde pondría el límite es para que usted vea que los poderes públicos también pensaron en un límite, pero al no poder establecerlo, y al no tener coste alguno, le repetimos, al no tener coste alguno, se generalizó para todo ingreso económico.
_________________________
Viva la igualdad de oportunidades!!!!
Un rico y un banco podra pagar para tener una web, pagar la multa y lo que le echen.
Un pobre, un parado, un estudiante o cualquier trabajador que quiera desarrollar su creatividad o ganarse honradamente unos eurillos tendrá que hacerlo sin salir de su disco duro.
Esta es la politica social del PP?? La igualdad de oportunidades?? Su apuesta por el acceso universal a las nuevas tecnologias.
De todas formas, entiendo su postura, y que vd es simplemente un empleado que buenamente hace lo que puede en las tareas enconmendadas por sus jefes. Lo entiendo perfectamente. Pero no cuela. Esto no es politica social. Lo que vd me está diciendo es favorecer solo a los ricos, y dejar sin oportunidades a los que menos tienen y menos pueden , economicamente hablando.
Pero el dinero no lo puede todo, como ha quedado demostradoa lo largo de la historia de interner (Por cierto, sabría explicarme vd como se creo internet?, que cambios principales supuso su acceso universal? )
Creo que les falta mucho por aprender.
Permitame una propuesta, con todo respeto:
Propongo que un dia de esta semana, sea el propio Señor Josep Piqué, o el Sr Aznar quien contesten desde este mismo foro a las preguntas de los usuarios. Sería posible?. Creo que muchos saldríamos de dudas y si acaso tendríamos las ideas más claras a la hora de votar en las proximas elecciones.
Gracias.
Atentamente.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
En este momento, usted nos ha perdido en el debate. ¿Que tiene que ver ricos y pobres? Una web personal, sea de quien sea, sin ánimo de lucro y que no obtiene ingresos económicos por un banner, no tiene que registrarse, donde está el problema. Le repetimos la pregunta, porque esto es un foro de debate y estamos interesados en saber sus aportaciones si tiene alguna ¿dónde pondría el límite?
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23031&NForo=4
PREGUNTA
Si las opiniones vertidas en un foro son responsabilidad del pobre administrador del mismo o son de quien las envía.
En cualquier revista o publicación "de papel" basta con indicar eso de "no somos responsables de las opiniones vertidas por los lectores etc. etc." ¿En Internet va a ser diferente?
RESPUESTA
Estimad@ participante:
"El Partido Popular no se hace responsable de las opiniones que los usuarios puedan verter en cualquiera de los foros existentes."
Lo que ve usted escrito, aparece en nuestro apartado de normas y ayuda al que todos ustedes tienen acceso, pero no de ahora, sino desde el comeinzo de estos Foros. También se indica en dichas normas que serán suprimidas aquellas opiniones que van en contra de principios constitucionales y derechos, así como que resulten ofensivas. Esa, es una de nuestras labores, mantener el foro, como lo que es, un foro de debate, en el que el insulto y la ofensa se queden fuera.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21022&NForo=4
PREGUNTA
Cuándo aprueben la LSSI y se cierren muchas WEB, estarán contentos?
Esa es la pregunta que nos hacemos muchos de los que sin tener nada que ocultar cerraremos nuestras WEB. A mí, y a muchos otros que no nos gustan que nuestros datos personales sean públicos no nos quedará más opción que cerrar, repito, ¿Se sentirán muy contentos?
No voy a dejar la WEB descafeinada sin contadores de páginas, sin foros, y sin nada de nada para evitar cualquier referencia comercial; referencia más que indirecta por supuesto. Ni voy a permitir la donación gratuita de datos a personas o entidades que son los que de verdad tienen interés comercial en aprovecharse del sistema.
¡Salten de alegría! Estarán sin duda muy contentos.
Por cierto, lo de los códigos de conducta. ¿A qué principios fundamentales se deben de someter?
RESPUESTA
Estimad@ profesor:
La intención del Gobierno y de los numerosos actores que están contribuyendo al texto de la futura LSSI no pretenden, como usted sabrá, reducir el número de Webs en Internet, sino, reincidiendo en nuestra respuesta, garantizar un espacio de transparencia y seguridad a todos los internautas: usuarios y profesionales.
En cuanto a su cuestión sobre los códigos de conducta, como entenderá, se deberán atener a los principios y derechos fundamentales, que también recoge el proyecto de ley. Se tata de normas de participación a las que los usuarios se adhieren voluntariamente, y que en el futuro supondrá una garantía más para todos los usuarios. En definitiva, los códigos de conducta y los sistemas alternativos de resolución de conflictos que se establezcan son también especialmente apropiados para afianzar la confianza de los usuarios en las transacciones internacionales. Así, una página web podrá atraer a más clientes si exhibe un sello de calidad que la identifique en todo el mundo como un sitio que ofrece a los usuarios determinadas garantías, como la posibilidad de solucionar los problemas a través de un jurado imparcial que actúe "on-line" y con tarifas ajustadas a costes.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21050&NForo=4
PREGUNTA
En la página WEB del Partido Popular al hablar de la LSSI dice que las sanciones económicas son ajustadas. No cabe mayor desprecio a la razón. ¿Cómo se puede decir que es justo poner una multa de más de 3000 euros a un pobre aficionado? Sí, a un pobre aficionado que hace páginas sin ánimo de lucro y que no le da la gana de que sus datos sean públicos y por lo tanto aprovechables por los verdaderos delincuentes informáticos. Sí, esas empresas a la caza y captura de datos para su propio provecho y para el fastidio del propietario. Sí, señores del PP y del gobierno, esos son los beneficiados de la intimidación que se hace a pobres usuarios cuyo único error es tener una afición que no da dinero, pero que ustedes castigan como si el pobre webmaster fuese un terrorista.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Si usted es un simple aficionado a la Red con su página personal sin ánimo de lucro, no tiene porque preocuparse pues la LSSI no le afecta. Así, que no se preocupe por multas que a usted no le afectan.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21075&NForo=4
PREGUNTA
Página personal gratuita sin ánimo de lucro, que contiene cuatro pruebas técnicas.
Página alojada en un servidor gratuito que pone un banner.
O pongo mis datos, o soy un delincuente merecedor de una multa de no se cuantos millones.
Miren como lo miren es algo irracional e incalificable.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Sin entrar por un momento en el análisis técnico del texto, déjenos transcribirle una parte del anexo del proyecto de LSSI:
No tendrán la consideración de servicios de la sociedad de la información los que no reúnan las características señaladas en el primer párrafo de este apartado, y, en particular, los siguientes:
- el intercambio de información por medio de correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente para fines ajenos a la actividad económica de quienes lo utilizan.
El espíritu del texto es muy claro, no es servicio de la sociedad de la información fines ajenos a la actividad económica.
En el caso de que ese banner suponga un ingreso económico o una contraprestación comercial, su nombre y NIF son los requisitos. Información tan simple, como obtener sus datos con la matrícula de su coche y ésta no se oculta.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21387&NForo=4
PREGUNTA
Internet es tan grande, tan incontrolable que esta ley es absurda, ya que mi dominio .com no tiene nombre ni direccion real :) y mi web esta hospedada en un servidor americano, digamos que como lograran saber si mi web es española, mexicana, argentina, etc... y quien es su webmaster, claro ke tb navego por proxy :D mira por donde x) un saludo.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Es que si tiene una web personal, da igual qué servidor tenga o donde está su webmaster porque la LSSI no requiere de usted nada. Y si su página tiene contenidos prohibidos, por ejemplo pornografía infantil, será la denuncia correspondiente a través de los canales establecidos y los acuerdos internacionales en la materia la que resolverá el asunto.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21278&NForo=4
PREGUNTA
Veamos el siguiente ejemplo:
Pepito tiene una web en la que habla sobre las recetas de comida de su madre, compra un dominio que se paga de su bolsillo (2.500 pts), paga un servicio de hosting barato que le cuesta 3.000 pts al mes. Para costearlo, Pepito pone un banner de publicidad que, debido a la poca cantidad de visitas que tiene le reporta apenas para pagarse parte de los gastos (digamos 2 o 3000 pts)
Según la LSSI, la web de Pepito es una web "comercial" (igual que la del corte inglés), por lo tanto, Pepito debe poner claramente a la vista su nombre, dni, dirección, etc
Y digo yo ¿qué gana nadie con ésto? ¿Los visitantes ganan algo con ver quién ha hecho la web? ¿se pueden quejar así a Pepito si alguna receta no le ha gustado? ¿Todo por el hecho de poner un banner publicitario?
Si Pepito no pone un banner de publicidad, la gente no tiene por qué saber quien es él, pero si lo pone si ¿qué sentido tiene?
Y lo peor ¿Querrá Pepito seguir manteniendo su web a costa de que cualquier desaprensivo se haga con sus datos personales?
Según decís la LSSI sirve para:
**** Dar seguridad jurídica a los usuarios
- Los usuarios ya tienen seguridad jurídica, la que le proporcionan las leyes que ya tenemos
**** Crear un marco jurídico que era necesario y demandado
- La lssi no es necesaria, en paises como EEUU (a los que deberíamos imitar) no existen leyes como ésta, sino que se aplican las mismas leyes del mundo real al mundo virtual. Internet lleva funcionando y creciendo desde hace décadas en todo el mundo sin leyes especiales, solo las leyes que ya tenemos en el mundo "real". No hay diferencia entre ambos mundos
La lssi puede ser muchas cosas menos demandado, nadie demanda una lssi, ni los usuarios, ni los webmasters, ni las empresas. Nadie. Probad a realizar una búsqueda en Google poniendo "lssi" como búsqueda, vereis la de miles de webs anti-lssi que os salen
**** Regular el comercio electrónico
- No se puede pretender ingenuamente que la lssi va a regular el comercio electrónico cuando nisiquiera trata de puntos tan importantes como:
- Obligación de Servidores Seguros
- Mínima calidad de Conexión a Internet
- Universalidad de Tarifa Plana
- Precios asequibles para todo el mundo en Tarifa Plana
- Potenciar y subvencionar la compra de PCs en los hogares españoles
- La firma electronica
- Los prestadores de servicios de certificacion
- La responsabilidad derivada de la falta de seguridad en la transmision de datos
Desconozco si los que han creado la lssi son de letras o de ciencias (no creo que sea un insulto ni una cosa ni la otra), pero desde luego demuestran que carecen de conocimientos mínimos suficientes para elaborar una ley que regule el "comercio electrónico" y menos poner puertas al campo y regular "internet".
RESPUESTA
Estimad@ participante:
¿Dónde ponemos el límite de ingresos mínimos? ¿Cómo conocer que realmente sólo ingresa 2000 pesetas? ¿Y quien nos dice que lo ingresa por un banner nada más o que esos ingresos no provienen de otra alguna actividad ilícita? A usted cuando hace un trabajo, por pequeño que sea, y si es una empresa seria y una actividad lícita, se le entrega una factura, o una nómina.. pues esto es igual. ¿Habrá que establecer un mecanismo no cree? Cuando desde el PP afirmamos que se trata de unas medidas mínimas para garantizar la seguridad, no se trata de ponerle peras al olmo, creemos necesarias este tipo de medidas tras numerosos estudios y consultas públicas.
En Internet, hasta ahora, en relación con el comercio electrónico, los usuarios apenas tenían seguridad jurídica, por ejemplo, la validez de los contratos electrónicos y los derechos de las partes.
En cuanto a que no se puede regular el e-commerce sin las consideraciones que usted hace, estamos tan de acuerdo con usted, que todo a lo que hace referencia está contemplado en el Plan Info XXI, la ley de protección de datos, la futura ley de firma electrónica etc.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21301&NForo=4
PREGUNTA
Miren hace un mes ustedes interpretaron la LSSICE diciendo que las WEB personales con banners estaban afectadas, y defendieron esa postura a capa y espada.
Después de las enmiendas del Congreso, no se ha cambiado nada respecto a quien afecta, y a quien no.
Sin embargo ustedes ahora hacen la interpretación contraria, y me remiten a unos párrafos donde no está claro nada de lo que dice, es más, son de una pésima redacción.
Para mí no está nada de claro si me afecta o no. Ni para ustedes tampoco claro, la ley está así redactada con el claro propósito de interpretarla según convenga y a quien convenga.
Para evitar esto tendría que aparecer un texto muy claro diciendo que las WEB personales, no comerciales y las educativas no están afectadas, y esto en la redacción de la LSSICE no está. Por lo que mis sentimientos sobre la ley no han cambiado, creo y me temo que si aparecen páginas WEB con contenidos contrarios a determinados medios e instituciones, se podría dar una interpretación enrevesada de la misma y cerrarlos, basta para ello buscar una comercialidad y punto. Por eso, por su ambigüedad, su redacción con múltiples interpretaciones (ustedes mismos me lo han demostrado), creo que la LSSICE es una trampa, y desde luego afecta notablemente a la libertad de expresión, es más, es así para no respetarla.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Desde luego nunca ha sido tan fácil como usted dice cerrar un sitio. Siempre será un órgano judicial. En cuanto a la redacción y a las explicaciones, nosotros vamos dando traslado de sus preguntas al propio Ministerio que nos van aclarando las dudas que ustedes plantean. Sentimos si a veces no somos lo suficientemente resolutivos, pero lo preferimos antes que faltar a la verdad. Pero le podemos decir con total seguridad, que a las web personales no les afectan los requisitos que exige la LSSI.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21254&NForo=4
PREGUNTA
Hola.
Lo de la seguridad jurídica a los usuarios, el marco legal y el fomento de la confianza del usuario, ya nos lo sabemos. Es lo que se repite desde el mimisterio hasta la saciedad, de forma automatizada. Pero no responde a la pregunta que formuló el contertulio.
Con respecto a que las páginas personales con banners (sin especificar quién los coloca), revise las FAQ de la página de la LSSI del MCYT (ahora no recuerdo la dirección, pero seguro que usted la sabe), porque allí se responde todo lo contrario. Por otra parte, aunque fuera cierto lo que dice al respecto de los banners incluidos por el servidor, ¿qué pasa si tengo un banner que me reporta 200 ptas al mes? Que me incluye en la ley. ¿No es sufiente con que declare esos ingresos en mi declaración del IRPF?
Y aunque no tenga banners ni saque nada de dinero: ¿también va a decirme que si mi página tiene una lista de distribución para entregar mensajes, servicios, ficheros, ect, no me va a afectar la LSSI? Si contesta que no, le sugiero un estudio más profundo y malintencionado del redactado.
Y como colofón, respecto a las enmiendas que el PP admite incluir (vaaale, aceptamos puuulpo) como la de que sea una autoridad judicial la que ordene la cancelación o secuestro de una publicación, para evitrar malintencionalidades, antes... qué era por parte del MCYT y el PP ¿incompetencia, ignorancia, o malintencionalidad?
NOLSSI
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Es que si su web ofrece un servicio de archivos o similar, no es una web personal, es una web de servicios por lo tanto claro que está regulada, y si no, en su opinión ¿qué manera tiene la Administración de asegurarse que en su caso (pongámoslo como ejemplo sin ninguna intención de ofender por favor), ese servicio que ofrece no contiene pornografía infantil (aunque la de gratis eso no importa) o venta de armas ilegales?
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21399&NForo=4
PREGUNTA
Veo que han añadido una enmienda para que los ISP españoles guarden el tráfico de los usuarios durante 1 año, en concordancia con una ley aprobada en el Parlamento Europeo. Sin embargo, con la Constitución en la mano (esa que tanto les gusta - sólo a veces), en el artículo 18 leo:
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3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
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Ahora explíquenme que guardar los datos del tráfico en Internet de los usuarios no viola su intimidad y su derecho a las comunicaciones privadas.
Pero bien, si lo que desean es popularizar el uso de la criptografía entre los usuarios de Internet españoles (yo ya la uso desde hace bastante tiempo) para cifrar sus comunicaciones, me parece un buen paso. Nada mejor que una amenaza para tomar precauciones.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Se trata de un tema que está en pleno debate, por lo que la configuración final de esta disposición no está clara. Pero el hecho de que se obligue a un servidor a guardar la información del tráfico de sus usuarios, no es para control, sino para posibles investigaciones en las cuales sin esa información no sería posible.
Un ejemplo ayudará.
Si usted es el dueño de un hostal, y en una de sus habitaciones se comete un asesinato. Y antes de que llegue la policía, usted limpia la habitación, no por ocultar pruebas, simplemente porque le gusta tenerlo limpio. Obviamente borrará todo tipo de huellas ¿no?
Esa es la idea de esta enmienda, que en caso de que haya una investigación, se pueda tener acceso a esa información básica, eso sí, siempre respetando el secreto de las comunicaciones como usted dice, y en eso, la ley de protección de datos es clara.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21131&NForo=4
PREGUNTA
en cuanto a algunas consideraciones debatidas en capitulos anteriores de este foro debo apuntarles lo siguiente:
1 tiene absolutamente toda la razon el ciudadano que opina q con el nombre y dni de una persona en tu poder puedes acceder a determinados servicios que solo a el le corresponden, hoy sin ir mas lejos he obtenido un duplicado de mi tarjeta SIM del movil con estos datos y solo con estos datos.Ademas no debemos olvidar que es muy posible que este aspecto de la LSSI choque frontalmente como tambien he leido en estos foros con la ley de proteccion de datos.
2 no es cierto que el espiritu de esta ley coincida con el de la UE y podemos ver algun ejemplo:En el Principio 5 de la Propuesta de Declaración sobre Libertad de comunicación en Internet, se dice textualmente: "Los Estados miembros deberían respetar el derecho de los usuarios de Internet a no revelar su identidad". Estas recomendaciones han sido hechas ya no solo por el propio parlamento europeo si no tambien por la direccion general de derechos humanos del consejo de europa.
y por si fuese poco 460 a favor, 0 en contra y 3 abstenciones. Así de claro se pronunció el Parlamento Europeo el pasado 12 de abril en torno a un informe oficial que aboga por la autorregulación y en contra del bloqueo como medio para el control de contenidos en la red. Si desde un punto de vista técnico la posibilidad de restringir el acceso a ciertos datos en Internet ya parecía poco operativa, con esta decisión del Parlamento Europeo la idea queda políticamente enterrada.
Ah y por cierto si de verdad piensan en el PP que solo una minoria de internautas y webmasters estan en contra de esta "ley" mi unica respuesta es que le echen un vistazo a este mismo foro.
Saludos y Gracias. otro ex-votante.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Déjenos repetirle una reciente opinión nuestra.
Ya se ha dicho cual es el objetivo de la LSSI:
- Dar seguridad jurídica a los usuarios
- Crear un marco jurídico que era necesario y demandado
- Regular el comercio electrónico
En ese sentido, el objeto de esta ley son aquellas web que tienen fines comerciales y prestadores de servicios de la sociedad de la información. En este sentido no son objetivo de esta ley ni están regulados por esta ley las web personales o web en general que no tenga esos fines comerciales, es decir:
- Una web personal con banners colocados por aquél que ha permitido alojar una web de usuario en su servidor, no es objeto de la ley en sentido alguno.
- Lo mismo pasa con web o iniciativas en red de ONG o asociaciones sin ánimo de lucro
- Lo mismo ocurre con escuelas etc.
- En definitiva, todo aquél que no obtenga beneficio económico alguno por su web, no le afecta la LSSI y CE. Porque quien esta obteniendo beneficio es el anunciantes, y ese anunciante o el responsable de esa publicidad, si se contemplará.
Y finalmente, como no podía ser de otra manera, y en aras de tratar de ser lo más clarificadores posibles, varias enmiendas del Grupo Popular irán encaminadas a introducir el término judicial en donde corresponde para evitar interpretaciones malintencionadas de un espíritu de ley que no era otro que garantizar la seguridad y fomentar el desarrollo de Internet sin vulnerar, es más, protegiendo los derechos constitucionalmente reconocidos.
Estas enmiendas, que no cierran definitivamente el texto poruqe queda el trámite del Senado, se han realizado en orden a las principales aportaciones, o críticas si quiere usted llamarlo así, que se han hecho al proyecto de ley; aportaciones que siempre han sido agradecidas por parte del PP y del Gobierno. No obstante, si quiere hacer alguna apreciación más concreta, estamos a su disposición.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21333&NForo=4
PREGUNTA
No estamos hablando de empresas grandes. Estamos hablando de pequeños webmasters que mantienen sus webs con banners que les dan unos pocos euros al mes
Ustedes quieren tratar a éstos webmasters como comerciantes y comparar sus webs con las de periódicos importantes, tiendas etc
Los pequeños webmasters son los que tradicionalmente han atraido nuevos internautas a internet, ya que ofrecen información gratuita
Hacerles ésto es fastidiarles y no se lo merecen. Todo para beneficiar a empresas grandes (las que son comerciales de verdad) que lejos de ofrecer servicios gratuitos ya están cobrando hasta por servicios de e-mail
No se equivoquen ni se alejen de la realidad. En internet las webs personales TIENEN algún tipo de banner y por esa razón (según ustedes) tienen que poner sus datos personales. ¿Qué sentido tiene ésto?
Díganme. Si consideran webs comerciales a una web personal con banners y a una multinacional, las tratan por igual, les dan los mismos derechos y obligaciones ¿cuál de las dos sobrevivirá? Es una forma de dejar el camino libre a las multinacionales
Ustedes quieren convertir internet en un gran centro comercial.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
A la hora de exigir las obligaciones a aquellas webs que obtienen beneficios económicos, se establece un mínimo común, es decir, las exigencias a una multinacional no son las mismas que a una web personal que obtienen unos euros. Porque, ¿en qué grado o en qué cuantía ponemos el límite? ¿cómo se regula o se vigila que realmente se está por enciam o por debajo de ese supuesto límite?
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21692&NForo=4
PREGUNTA
Me ha surgido una duda importante sobre la lssice. ¿Que tipo de terminos y condiciones se deben de poner en las webs, y donde puedo encontrar un ejemplo? Pues, he leido la ley, pero me gustaria saber si hay algun codigo a seguir y que sea contemplado legalmente, pues cualquiera puede inventarse sus propios terminos y condiciones, pero que sean legales luego no se yo...
Por otra parte, acerca de registrar los dominios en el registro mercantil, segun entiendo en el articulo 9.1 al menos hay que registrar un nombre de dominio?? Si se tienen 500 dominios, hay que registrarlos todos?
O por el contrario se puede registrar un dominio y en la parte inferior del resto de los dominios indicar que esa web pertenece a esa empresa ?
Muchas gracias.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
No existe de momento ningún código como tal, pero no alcanzamos a entender si hace referencia a las condiciones que deben aparecer en las web comerciales o a la información que debe aparecer en las web.
En cuanto al registro de dominios, tras las consultas realizadas con anterioridad, se desprende que no es necesario que aparezcan todas, por ponerle un ejemplo, al registrar una empresa, se pone un teléfono, pero no todas líneas que tiene de alta. En este caso es similar, basta asociar el resto a la web principal, a la que se registra.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21650&NForo=4
PREGUNTA
Miren después de consultar con varios abogados, la LSSICE no está nada clara con respecto a la definición de cuando una WEB es comercial o no.
Miren a pesar de lo que ustedes dicen es muy posible que un juez considere comercial una WEB personal sin ánimo de lucro, basta que aparezcan los banners que impone el servidor de alojamiento, y que por lo tanto si dicha WEB no tiene los datos personales pueda ser condenada a una multa multimillonaria en pesetas.
Yo hace varios meses que borré todas mis páginas WEB y no las voy a volver a publicar, he ganado desde luego en ocio. Eso es lo que me ha reportado la LSSICE.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Hablando igual de claro que usted. Si borró sus web personales, es una cuestión estrictamente suya, pues la LSSICE no le afecta si realmente se trata de web personales. La imposición de banners por parte de un proveedor de servicios no se entiende como beneficio comercial del propietario de la web, pues quien obtiene el beneficio por la publicidad es el prestador de servicios, siempre y cuando el propietario de la web no reciba contraprestación económica. La LSSICE no tiene motivos para desincentivar el uso de la Red.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=21667&NForo=4
PREGUNTA
Justamente opinan lo contrarío la mayoría de los abogados que he consultado en concreto.
Uno opinaba como ustedes.
Tres decían que no estaba claro, que un juez podía decidir cualquier cosa.
En realidad pensaban que estaba redactada así, para en un momento determidado encontrar la posibilidad de censurar al un WebMaster, negando cualquier censura hasta que esta no fuese necesaria.
O sea para ellos, la ley es totalmente interpretable interpretable.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Como usted dice, la ley es interpretable. Pero tras las modificaciones sufridas durante el trámite parlamentario, la ley ha quedado muy clarificada, y si hay algo seguro, es que cualquier tipo de cierre o actuación que afecte a derechos fundamentales, tendrá que tener la necesaria autorización judicial. Le repetimos, que no es intención del legislador el socavar ningún derecho ni el desincentivar el uso de Internet, pues no tendría ningún sentido.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22009&NForo=4
PREGUNTA
Después de leer algunas de las opiniones sobre la LSSI, quisiera que pudieran resolver mi caso:
Tengo una web personal de literatura y arte; contiene poemas, imagenes de cuadros, etc., tanto de autores noveles como consagrados. Estoy alojado en un servidor gratuito y mis páginas llevan banners de publicidad obligatoria por imposición del servidor. Mi web no tiene ningun fin comercial sino puramente divulgativo y cultural.
Mi pregunta es: ¿yo también tengo que dar de alta la web en no sé qué registro mercantil?¿Tengo que poner también mi nombre y DNI y dirección y email bien claritos en la web?¿No creen que eso es abrir todas las puertas al spam, por no decir otras cosas, más fulminante? ¿Puedo ser objeto de denuncia por parte de un juez por mi página?
Aclarenme todo esto por favor, y no se anden con rodeos. Miles de internautas estamos en las mismas.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
No, no y no a todas sus preguntas. Estimado Diógenes, si usted tiene una web personal y no obtiene beneficio por ello, y sus banners no le reportan beneficio económico alguno, sino que son impuestos por sus prestador e servicios, no está sujeto a la ley en ese sentido ni tiene que darse de alta. Ahora bien, ¿puede denunciarle un juez? Por supuesto que sí, usted y cualquier web si contienen material prohibido, llámese pornografía infantil por ejemplo, en ese caso, un juez puede iniciar una instrucción y ponerse en contacto con el servidor pertinente, pero como web personal sin ánimo de lucro, no tiene que registrarse.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22093&NForo=4
PREGUNTA
Por favor, voy a subir una web a un espacio web gratuito pero tengo unas dudas.
Yo no tengo publicidad, pero el site me pondrá publicidad como ´pop ups´¿esto está dentro de la ley?.
A ver si podríais poner unas FAQ´s en el web del Ministerio con preguntas como la mía.
Gracias.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Si esos banners a los que usted hace referencia, le vienen dados por su proveedor de Internet o su servidor y usted no obtiene beneficio alguno, usted no tiene que registrarse de ningún modo, pues estamos hablando de una web personal en la que el dueño, no ingresa nada. No obstante, creemos que si existe FAQ´s en la web del Ministerio, aunque siempre puede preguntarnos a nosotros y trataremos de darle una respuesta. Gracias
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22025&NForo=4
PREGUNTA
Ante todo daros las GRACIAS por quitarnos la unica fuente de información que tenemos entre paises e internautas.
Gracias ya que creeis que aqui todos somos IP o severs de gran potencia.
Gracias porque cientos de Negocios,webs informativas, Webs de clubs de amigos, E incluso mis E-mails (que son Adware) caerán a la papelera dentro de poco.
Gracias porque cientos de miles de programas (simplemente por llevar un banner dejarán de programarse)
Así podía seguir hasta mañana pero ya me he cansado;
Ante todo daros las Gracias(verdaderas) por poder expresar mi opinión.
Y con los Cookies que os satisfagan.
CCORN
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Nadie quita ninguna fuente de información, esa idea no es válida, pues nada se quita ni se suprime y menos se restringe.
En cuanto a eliminar cientos de webs, sinceramente, el hecho de que aquellas web que obtengan un beneficio económico, se registren de alguna manera, no creemos que suponga ningún problema. Por ejemplo, en una situación normal y legal, si usted hace un trabajo para alguien o para una empresa, por muy pequeña que sea la empresa y por muy pequeño que sea su trabajo, le pagarán, y le pagarán con un recibo o le harán un contrato del tipo que sea. Usted sabe que si no lo hace, no es legal, y todos sabemos que eso se hace y se lucha contra ello, porque esos trabajos sin contrato limitan los derechos de los trabajadores pues les reducen sus garantías. Pues bien, esto es lo mismo, ¿qué problema tiene el registrarse? ¿Dónde está el problema?
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22030&NForo=4
PREGUNTA
Es increible que el PP aprovechándose de su mayoría absoluta haya sacado hacia delante una ley tan retrógada y anticonstitucional.
Se supone que la LSSI está para potenciar Internet en España, regulando un sector que hasta ahora estaba muy "libre".
Pues bien, se nota que los que escribieron la ley no conocían nada de internet, por que precisamente la desregulación y libertad de Internet es lo que la ha convertido en lo que es.
Con esta ley sólo van a conseguir retrasar aún más a nuestro país en telecomunicaciones y poner cada vez mas trabas a las empresas dedicadas al negocio de internet, ISP, desarrolladores de páginas webs, etc. Ya conozco mas de una empresa que deja España y hospeda sus servidores en otro país, con miedo a esta ley.
Bueno, ahora tendrán que ponerse a censurar este foro corriendo, por que según la LSSI "son responsables de los comentarios" aunque sean anónimos. A ver si les va a caer una multa por su propia ley. Sería muy gracioso, pero claro, la ley se hizo tan genérica aposta, para que funcione muy bien el "doble rasero" con el que se aplican las leyes en España.
Ahhh... y si lo que querían era retrasar la implantación de Internet en España (por que es un medio más difícil de controlar que TVE), enhorabuena, por que lo van a conseguir.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
No tenemos ningún problema con sus opiniones, ya que existe la liberta de expresión y la LSSI no la restringe en ningún momento, aunque usted se empeñe en pensar lo contrario.
No existe ninguna razón para pensar que esta ley restringe el desarrollo de la Red, ni usted nos la está dando. Que una empresa se traslade (en la red) a otro país no será por causa de esta ley, y tenga en cuenta que si hablamos de la UE, en breve todos los países adaptaran la Directiva europea con leyes similares a esta, leyes serias y adaptadas a las necesidades de Internet y el comercio electrónico.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22018&NForo=4
PREGUNTA
Si tengo una web en la que no vendo nada por tanto a los visitantes les da igual quién hay detrás (situación distinta a si fuese una tienda).
Y mantener esa web me cuesta 90 euros y mediante los banners consigo "ganar" 50 euros. Es decir el mantener la web me sigue costando 30 euros.
¿Tengo que poner mi NOMBRE, DIRECCIÓN, TF. E-MAIL?
Con el riesgo que cualquiera venga a hacerme una visita a mi casa porque no le gusta la web o me llame por tf. o me llenen el correo de "basura".
Ustedes endienden que internet es un GRAN MERCADO que quieren repartirse y así han actuado, sin tener en cuenta al RESTO DE LA COMUNIDAD. Como siempre se gobierna para unos pocos :-(
¿Por qué hay que identificar a quién hay detrás de una web si no vende nada? Aunque tenga banners, cobre por ellos y siga "perdiendo" dinero (ya que su objetivo no es conseguir beneficio económico).
A ver como se justifican..... (porque no veo posibilidad de argumentar)
INTERNET NO ES SOLO COMERCIO ELECTRONICO y se han "olvidado" del resto.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
La ley es muy clara. Si usted tiene una web personal y no obtiene beneficio alguno, no está sujeto a dichos requisitos. Pero si obtiene beneficio económico, sí lo está. Este es un tema que se ha tratado a menudo. Déjenos hacerle una pregunta. Entendemos porque parece lógico, que usted estará de acuerdo en que es necesario que se registren aquellas web con fines comerciales, igual que se registra un comercio o una tienda. ¿Dónde colocaría usted el límite de ingresos para registrarse? Teniendo en cuenta que dicho registro no supone ni una pérdida de derechos, ni ningún problema o peligro para nadie, por mucho que haya quien se empeñe en creer lo contrario.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22094&NForo=4
PREGUNTA
Digannos, y ya no nos obvien más, en que situación quedan las millones de páginas webs personales que tiene cada hijo de vecino... ¿hay que inscribirlas en algún sitio? ¿somos "servidoras de servicios"? ¿Por qué tengo que exponer mi dni y dirección en la web?¿Y si soy un simpatizante del PP en el Pais Vasco y mis amigos de Batasuna vienen a volarme la tapa de los sesos cuando saque el coche del garaje porque ya conocen mi dirección gracias a mi página web?
Digannos para qué sirve esta ley si no es para juntarnos a todos y atarnos y tenernos dominados en las tinieblas, cual Sauron todo a 100.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Podemos hablar de dos conceptos de web personales. Aquella puramente personal, cuyo contenido es lo de menos y que no contiene banners por los que el dueño de la web obtiene un ingreso, y en segundo lugar aquella web personal que para financiarse, sí obtiene un ingreso económico por los banners. En el segundo caso si debe registrarse en el Registro correspondiente, y no en el primero.
Recuerde, que si los banners le vienen impuestos por el servidor, no cuenta, ya que usted no recibe contraprestación alguna, por lo que no tiene obligación de registrarse.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22257&NForo=4
PREGUNTA
Si yo tengo una web en la q pongo links y banners a otras webs simplemente para decir de donde he sacao la informacion y ademas no saco ningun beneficio de ellos,incumpliria la ley?Y con las afiliaciones?.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Si no obtiene beneficio económico alguno por cualquier actividad en su web, no incumple la ley. Esperamos que resuelva esto sus dudas, y si tiene otra le rogamos nos lo haga saber.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22076&NForo=4
PREGUNTA
Los webmasters y propietarios de pequeñas webs (estoy hablando de una página que no supera las 200 visitas diarias), NO COMERCIALES, que utilizan banners y programas de afiliación como ayuda para subvencionar el coste del hosting y dominio de la web, ¿están sujetos a esta ley? ¿de qué forma? ¿qué tengo que modificar en mi web para cumplir la ley?
Publicar mis datos lo considero una especie de violación de mi privacidad y es un punto que me gustaría que me aclarasen, aunque digamos que no es lo que más me preocupa de esta ley.
Por otra parte, ¿debería darme de alta como autónomo o alguna cosa similar para poder utilizar dichos banners para autosubvencionarme el hosting y dominio? Tengo la web en un hosting privado para conseguir una mayor calidad en la página y compré el dominio para conseguir que mis visitas me recuerden más facilmente.
Agradecería una rápida respuesta puesto que temo infringir una ley que, seamos realistas, muchos internautas (y webmasters) desconocemos. GRACIAS.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
El tema del registro, ha dado lugar a muchas horas de debate; parece lógico pensar, que igual que para realizar cualquier transacción en la vida real, o cualquier negocio por pequeño que sea, se realiza sobre un papel, con los datos de las partes etc. Parece lógico por lo tanto, que dicha realidad se traslade también a las relaciones comerciales en la Red. ¿Dónde pondría usted el límite? Porque esa pregunta, ha sido formulada por todos los legisladores, y al ser imposible poner un límite, y las nulas consecuencias negativas de dicho registro, hicieron que fuera obligado para todos, para todos los que sacan algún beneficio económico en la Red.
El poner los datos requeridos en la web, no viola la privacidad y está sujeto a la Ley de Protección de Datos, son datos básicos y simples, al igual que el registrar su web en el Registro correspondiente, que no tiene coste alguno.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22238&NForo=4
PREGUNTA
Lamento decirles a vdes,, que sus respuestas demuestran un desconocimiento de lo que ha sido, es y lo significa internet para la sociedad, no solo en el ambito comercial (que para vdes internet solo sirve para esto, ) sino tambien en los ámbitos culturales y de educación, cosa que vdes se han "olvidado" -logico-de tratar en su ley. ) Ya no se trata de que esté yo de acuerdo o no en sus planteamientos (que no lo estoy) pero, repito, es lo de menos en el tema.
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¿Dónde pondría usted el límite? Porque esa pregunta, ha sido formulada por todos los legisladores, y al ser imposible poner un límite, y las nulas consecuencias negativas de dicho registro, hicieron que fuera obligado para todos, para todos los que sacan algún beneficio económico en la Red.
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Pues se lo diré sinceramente, se distinguir el limite de lo que es un "negocio" (actividad comercial tendente a la consecución de un lucro o unos beneficios, ), de lo que es una actividad residual que si bien reporta unos ingresos (tambien residuales) no constituyen una actividad lucrativa sino una gratificación por un trabajo hecho o una actividad que realiza en su tiempo de ocio como forma de expresión de su creatividad (y el diseño de páginas web lo es) . Trasladandolo al mundo "real", sería lo equivalente a que una persona que tiene como afición la pintura, vende algunos de sus cuadros a terceros . Tiene por ello que "formalizar legalmente" esa actividad como "negocio" en las mismas condiciones que una tienda que se dedica a eso , y solo eso para vivir, si ademas constituye una actividad residual. ?
Si Vdes piensan que sí, simplemente es discriminación en favor de los más ricos, y una limitación al potencial creativo de las personas con talento. Un potencial que si recibe suficiente apoyo, a medio y largo plazo puede convertirse en su principal actividad y constituirse entonces en un "negocio" en toda regla, con los requerimientos que marcan las leyes del momento.
En este sentido, si transponemos que internet es la copia del mundo "real" . Eso debería ocurrir igual en la red. Respetando ademas su singularidad. De hecho es así en todos los países que presumen de ser libres y democraticos del mundo, entre los cuales, desde el 12 de octubre del 2002 ya no cuento que está España. (leanse un poco la prensa internacional y verán, por ejemplo que la revista "wired"- que no es sospechosa de ser izquierdista ni roja-
en diversos articulos ha comentado la LSSI como la vuelta de la "Santa Inquisición a España"- )
Y el límite en cuanto lo pondría... pues lo pondría en la misma cantidad que vdes han propuesto recientemente para que las empresas queden exentas del pago del IAE, que creo que es tener una facturación de hasta un millon ( 1.000.000 ) de euros.
Creo que ésta sería una buena acción para dar oportunidades a los emprendedores que potenciaría la iniciativa y la creatividad y generaría riqueza, I+D y empleo, y no lo que están haciendo ahora vdes que solo crea especulación y destrucción de puestos de trabajo.
Repito, mi limite propuesto sería una facturación de 1.000.000 de euros anuales (166 millones de pesetas), que ademas propondría unas escalas en función de la actividad o sector en que se mueve la empresa. (no factura igual, por ejemplo un negocio de agencia de viajes, que una tienda tienda virtual de postales)
Esta sería mi propuesta.
Necesitan algun otro argumento para convencerse?
Esperaré su respuesta. Gracias.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Sus apreciaciones sobre el límite, son muy respetables, pues como le decimos también fueron valoradas por el Ministerio, pero son insostenibles, y sinceramente el debate de si beneficia a ricos o a pobres tampoco, pues al ser algo plano se trata a todo el mundo por igual. Compartimos su definición de negocio, y si fuera tan fácil, seguro que no habría malentendidos, pero ¿y si alguien tiene 5 web con facturación inferior a la que usted propone? ¿cómo mirar eso? Son muchísimas cuestiones muy complejas, lamentablemente no es o blanco o negro y usted eso lo compartirá con nosotros
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22233&NForo=4
PREGUNTA
Si tengo una web hospedada en un servidor de pago y pongo publicidad para pagar los gastos, ¿qué obligaciones exactas me impone la ley? ¿Tengo que pagar a Hacienda aún en el caso de no conseguir sufragar todos los gastos o quedar las cuentas a cero?
Por otro lado, la obligación de incluir el NIF de la persona así como la dirección física me parece poco apropiada para webs personales, y me pregunto si podría implementarse con un acceso "restringido" a peticiones de los organismos públicos en lugar de dejarlo ver a todos los usuarios de la web.
Gracias de antemano.
RESPUESTA
Estimado Carlos:
Si los banners que hay en su web son impuestos por el servidor y no le reportan beneficio económico alguno, no tiene que registrarse, pero si dichos banner le otorgan un beneficio económico, es decir, le pagan por ello, tendrá que incluir la información solicitada en su web. La propuesta que nos haces interesante, en cuanto a las web personales, y daremos traslado de la misma al órgano competente. Tenga en cuenta, que al ser una ley de disposiciones generales, habrá cuestiones que desarrolle plenamente el Reglamento correspondiente, y ese aspecto de las web personales, será uno de los que se desarrolle.
Atentamente,
Foros 2000
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22225&NForo=4
PREGUNTA
Vayamos por partes, basicamente, la LSSI parece la version Informatizada de la "Ley Corcuera" (Aquella del Patadon en la puerta) por que viene a decir que el estado tiene todo el derecho del mundo a exigirte todos tus datos de identificacion, "Poniendolos en lugar visible en la pagina", y si algun desalmado usa esos datos contra uno mismo?, y si alguien los usa fraudulentamente? o simplemente una empresa extranjera usa esos datos para machacarnos a base de "spamming", o de publicidad no solicitada? por que hemos de soportarlo?, ademas, el tema de los "banners", nunca sirven para ganar dinero, sino para ,escasamnete pagar los gastos de hospedaje, asi que por que prohibirlos... en fin, que no estoy de acuerdo con la forma en que se ha expuesto esta ley, debe haber un cierto control en internet, pero no uno tan EXCESIVAMENTE opresivo.
Gracias por su atencion.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Podríamos decir que básicamente dice eso, pero le falta una cuestión importante. El Estado no, más bien un juez, tiene derecho, tras las pruebas pertinentes de investigar una web. En cuanto a la información que se requiere se publique, no es para las web personales, solo para aquellas web que suponen un beneficio económico. Por lo tanto la diferencia entre la realidad y lo que usted nos dice es, cuanto menos, importante.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22241&NForo=4
PREGUNTA
Hola, me gustaria preguntar, a los señores que han echo que esta ley entre en vigor (la LSSI) si verdaderamente, personas que trabajan dia a dia, que mantiene a su familia (o lo intenta), y que paga una cantinad estimada de dinero llamada "constribucion" inpuesta por el estado español, se merece realmente que le censuren casi totalmente el unico sitio que tenia con fé de ser *libre* ante opiniones, expresiones, etc, realmente nos lo merecemos?, agradeceria la respuesta por miembros del partido popular.
RESPUESTA
Estimado Manuel:
Estamos estupefactos ante sus temores, pues sinceramente se lo decimos, se lo preguntamos con la ley en la mano ¿De qué censura habla? ¿Dónde se restringen derechos? ¿quién ha puesto un límite a la libertad de expresión? Nada ha cambiado en ese sentido, pues los límites a a dichas garantías, son los que la propia constitución contempla, ni más ni menos. Por favor, le pedimos que nos diga, como llega usted a dicha conclusión, de la lectura estricta del texto legislativo.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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PREGUNTA
saludos
os expongo mi caso personal para que me digais que debo hacer.
soy gran amante de la musica y como tal tengo una coleccion de cds, lps y casetes extensa. He preparado una web donde incluyo un catalogo personal con los cds y discos que ya no me interesan con el proposito de intercambiarlos por otros. No es una web comercial pues no gano dinero con ello, solo intercambio para completar mi coleccion.
Por otra parte no incluyo banners, ni ningun tipo de anuncio a nada. Todo lo pago yo.
¿Tengo algo incorrecto segun la nueva ley?
Gracias por su respuesta.
RESPUESTA
No cabe ninguna duda de que el anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico ha generado una gran polémica en España. A ello no es ajeno el intento de regulación de dos parcelas que nada tienen que ver la una con la otra. La Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico son mundos totalmente diferentes, como lo son el derecho a la libertad de expresión y las actividades mercantiles.
Las páginas de caracter personal sin ánimo empresarial y de lucro no serán objeto de aplicación de esta ley con independencia de que estarán sujetas al correspondiente ámbito adecuado.
Muchas gracias.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22470&NForo=4
PREGUNTA
Les rogaria me aclararan esta duda ya que leyedo el texto de la ley no encuentro el punto donde se aclare:
las opiniones vertidas en un foro seran responsabilidad del webmaster? no creo que ningun webmaster pueda estar pendiente 24 horas sobre q ponen o que no ponen en un foro ademas de la cuestion de que esta permitido y que no¿¿?? En las publicaciones escritas siempre basto aquello de "la publicacion no se hace responsable de las opiniones de los lectores o colaboradores".
RESPUESTA
Creemos, francamente, que partimos de un error de conceptos.
Según la LSSI la empresa o dueño de la web y no el webmaster es el responsable de los contenidos publicados en su web, ahora bien, tratándose de un foro de debate es evidente que la empresa no puede hacerse responsable subsidiario de las opiniones publicadas por los participantes siempre en el derecho de su libertad de expresión, pero sí lo será de la utilización del foro para velar por los principios que la ley protege y no vulnerarlos.
Un ejemplo: ¿es un periodico responsable subsidiario de las opiniones publicadas en las cartas al Director? Otra cosa diferente es que sean responsables de utilizar ese espacio para cometer infracciones o vulnerar cualquier legalidad.
Demos, por favor, la interpretación correcta y no nos dejemos llevar por comentarios carentes de todo rigor informativo.
Muchas gracias.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22471&NForo=4
PREGUNTA
Pues como el webmaster de esta pagina tenga que ser responsable de todo lo que ponemos lo van a encarcelar :-)
RESPUESTA
Pues eso, Señores pues eso. Interpretemos adecuadamente los términos de la normativa y no nos dejemos llevar por este tipo de comentarios.
Muchas gracias.
Saludos,
Foros 2000
Partido Popular
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http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=22230&NForo=4
PREGUNTA
No sé de donde sacan ustedes, que grupos de internautas y demás aprueban la dichosa LSSI; visito muchos foros, webs y chats, y solo di con un "voto" a favor a dicha ley (a parte del suyo...) a esa persona que estaba a favor, se le informó de ello, se le dieron enlaces a páginas web hablando sobre el tema, y al final esa persona que apoyaba su "magnífica" ley, se pasó a nuestro bando. Parece que no se enteran, o no se quieren enterar, esta ley no va a traer beneficios, únicamente a las grandes empresas, pero no al internauta "normal" que es el que hace grande Internet. Mucha gente está cerrando sus páginas personales, la mayoría de páginas tienen algún tipo de banner, ahora resulta que no se podrá poner un enlace a la página oficial de tu cantante favorito o lo que sea, porque esa web tiene un fin comercial, aunque la tuya no. Mi padre por ejemplo tiene una Web de dominio propio, de información sobre sus intereses, hobbies y nada más, ¿ahora tendrá que registrarse como empresa para poder seguir con su web? respóndame a eso, porque no lo tengo claro...
Estamos echando atrás en el tiempo, adiós a la libertad de expresión, porque si antes campaban a sus anchas, de forma ilegal, ahora lo podrán hacer legalmente, y nadie les podrá decir nada, me refiero a los organismos que nos vigilan. El otro día, a un amigo mío, le llegó una carta de su proveedor de Internet, que le decía que habían detectado cierta actividad ilegal, bien, a mi no me gusta la idea, de que controlen lo que hago por la red, no es que tenga nada que ocultar, pero entonces no tengo intimidad. Lo que atrae de Internet es el caos, la, libertad y el anonimato, ahora van a acabar con todo esto.
Parece que lo único que quieren es controlarlo todo, y sacar dinero de todo, pues venga, sigan así porque lo estan consiguiendo.
RESPUESTA
Estimada Marta:
Se ha respetado y se respetan todas las opiniones sobre esta Ley, una Ley que ha sido de las más debatidas por los ciudadanos dadas las facilidades que dio el Ministerio para su debate en la Red, recuerde que hubo 5 borradores de la misma hasta el proyecto definitivo, por lo que hablar de no haber oído a la gente no es creíble ni cierto.
Entrando en las cuestiones técnicas a las que hace referencia, quisiéramos puntualizar:
- Los link no cuentan, son perfectamente compatibles con una web personal, aunque el link le lleve a otra web con fines comerciales, un link es un link, y un banner es un banner.
- Si los banner no le suponen beneficio económico, sino que son impuestos por su servidor, tampoco, le repetimos, tampoco, cuenta para registrarse.
- Y finalmente, no hay ninguna razón que haga pensar o demuestre que esta ley limita la libertad de expresión o cualquier derecho constitucionalmente protegido.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23289&NForo=4
PREGUNTA
Quiero abrir una pagina web y quiero que todo sea legal. la pagina es acerca de los locales de marcha de mi pueblo, estos locales me pagan entre todos el los gastos de la web(alojamiento,actualizaciones, etc).
Considero que es una pagina personal. En las faq del MyT pone q tengo que mostrar los datos personales y un codigo de conducta.
¿Es esto correcto?
He llamado muchas veces al MyT y siempre ocupados y los emails q envie no me los contestaron. espero que estos foros si
Esperando una respuesta concisa.Un saludo.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Si lo que usted hace, es ofrecer un servicio gratuito, y usted no ingresa económicamente nada, no tiene que registrarse. Usted dice, que el alojamiento se lo paga alguien, bien, es como si lo pagara usted, de lo
que hablamos aquí es de que usted reciba dinero por un servicio, y por lo que usted dice, por el servicio que ofrece no lo recibe.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23288&NForo=4
PREGUNTA
Esta ley ha sido hecha por ignorantes en las nuevas tecnologias y sus consecuencias pueden ser estas:
1º Acabara con los pequeños emprendores y fomentara que 4 grandes compañias monopolizen y conviertan internet en españa en un misero centro comercial interactivo.
2º Las paginas afectadas por la ley no son solo las que poseen un "banner" con ingresos si no todas aquellas que ofrezcan "servicios de la informacion", tales como hospedaje, correo u otros aunque sean de forma gratuita.(Hay que leerse el documento y evitar caer en engaños faciles)
3º Recorta la libertad de expresion de la que gozaba hasta ahora el individuo, ya que en caso de presion administrativa(y no judicial) hacia el medio en el que se publique su opinion, sera censurada esa opinion o caso de no ser asi, su pagina sera cerrada por orden de ese poder administrativo.
4º Obliga a los ISP´s a tener logeado todo el trafico desde un año. En los logs se incluyen, direcciones de correo, asuntos del correo, fechas de emision y recepcion, paginas visitadas y fecha de visita. Tambien se nos obliga a mostrar nuestros datos mas personales como el dni, nombre y direccion en todo web "prestadora de servicios de la informacion". Ambas atentan claramente contra la privacidad de nuestros datos.
Eso no es mas que un ejemplo de lo que hace esa ley, de la que tanto nos hablan en los medios diciendo que es para nuestra proteccion.
Soy webmaster con muchos años de experiencia y otros muchos igual como yo, nos peguntamos si realmente creian que ivamos a tragar como borregos. Esto demuestra una vez mas, como el "centro" gira a la derecha y en las proximas elecciones muchos lo vamos a tener en cuenta.
Animo a que todo aquel que encuentre esta ley incoherente, se una para protestar.
Tambien animo a que el administrador del foro debata estos puntos si tiene argumentos.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Trataremos de dar respuesta a sus cuestiones:
1.No hay argumentos que indiquen que se acabaran las web del pequeño comerioc, pues con esta Ley se de la misma seguridad a todas y se obliga lo mismo a todas, es más, con anterioridad a esta ley, el comercio electrónico, las compras por Internet, se centraban en grandes comercios conocidos, porque los consumidores, los conocían y tenían seguridad de a quien reclamar, ahora, con las obligaciones que se establecen, todo consumidor tiene protegidos sus derechos, por lo que aumentará la confianza y quien se beneficia es la pequeña empresa.
2.Dice usted en su punto 2: (Hay que leerse el documento y evitar caer en engaños fáciles), bien, sobre si afecta a enlaces y banners gratuitos, le reproducimos lo que la Ley define como servicio de la sociedad de la información, los servicios que realizan los supuestos prestadores: "Son servicios de la sociedad de la información, entre otros y siempre que representen una actividad económica, los siguientes:
1.º La contratación de bienes o servicios por vía electrónica.
2.º La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales.
3.º La gestión de compras en la red por grupos de personas.
4.º El envío de comunicaciones comerciales.
5.º El suministro de información por vía telemática.
6.º El vídeo bajo demanda, como servicio en que el usuario puede seleccionar a través de la red, tanto el programa deseado como el momento de su suministro y recepción, y, en general, la distribución de contenidos previa petición individual."
Recuerde: siempre que representen actividad económica.
3.¿Censura? ¿Presión Judicial? Lamentamos que viva lleno de temores, pero vivimos en un Estado de Derecho, en el que la restricción de derechos fundamentales, sólo se puede hacer por vía judicial.
4.Tiene que poner sus datos si realiza actividad comercial, sí ¿dónde está el problema? Si usted va a comprarse unos zapatos, en la tienda, y en la factura, usted tiene acceso, a la razón social del establecimiento, el teléfono, el NIF ¿qué diferencia hay?
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23279&NForo=4
PREGUNTA
1ª ¿Se pueden poner links y banners gratuitamente a paginas relacionadas con la tuya aunque estan si sean comerciales? Se rumorea que no es posible lo cual no comprendo pues el que pone el link no gana ni un euro.
2º Tambien he oido que el registrar el dominio en el registro mercantil (¿por que es ese no?) cuesta 85euros mas lo que te cobre el notario. ¿No era gratuito?
3º Uno que tenga una web particular, es decir que no sea comercial y ponga un banner para los gastos del dominio y tal que debe de hacer? Basta con lo de los datos o tiene que ser autonomo o algo ¿¿??
RESPUESTA
Estimad@ participante:
Le agradecemos la claridad en sus preguntas y el correcto trato, esperamos poder darle una respuesta igual de clara:
1-Cualquier link o banner que ponga en su web y no le reporte un solo euro, es válido y NO tiene que registrarse en ningún sitio, ni
le afecta en este sentido la LSSI.
2-No le cuesta nada el registro.
3-De obtener un beneficio económico por los banner, no tendría que darse de alta, sino simplemente, poner la información que la Ley establece.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
Extraído de...
http://foros.pp.es/veropinion.asp?Nopi=23543&NForo=4
PREGUNTA
Estimad@ moderador/a:
No entiendo cómo puede decir en base a mi ejemplo que un webmaster que enseña Windows gratis a la gente a través de su web y se autofinancia no es un prestador de servicio, ¿en que se ha basado?...
Para empezar, tiene banners, que le repito que sólo saca 3.000 o 4.000 pesetas al mes, que no se saca mas y hablo en serio, porque normalmente estos webmasters tienen banners de pago por click, que apenas les dan 1 peseta por click, así que imagínese cuantas veces tienen que darle a un banner para apenas cubrir los gastos del dominio y hosting, y otra cosa mas..., no se crea que un usuario puede pinchar 10 veces en un banner (y le dan 10 pesetas), nada de eso..., porque los contadores están basado en la IP de internauta, que está restringido a un click por día, es decir, que ese usuario puede darle 100 veces al banner, pero al webmaster sólo le contará como un sólo click (1 pta.).
(Hablo en pesetas para no tener que andar hablando de 0,004 Euros).
Segundo, que ese webmaster tiene un foro (eso ya lo convierte en prestador de servicios), que principalmente es la vía de ayuda a otros usuarios. Los foros son muy comunes hoy en día, y el 80% de las webs lo tienen.
Y por último, comentarle que según la LSSI, ese webmaster con una página así, tiene que registrarse en el registro mercantil, tiene que dejar visible todos sus datos personales y tiene que pagar a hacienda por los banners...
¿Me va a seguir diciendo usted que este webmaster no está seriamente perjudicado por la LSSI?, ¡si es que a todos los efectos la LSSI trata a esa web como una comercial!, esa ley es muy ambigüa, y cada web siempre tendrá algo (por muy personal que sea) que vaya contra la ley.
Bueno, y digo yo..., ¿porque no quitan la ley y abren un foro de debate donde muestren la necesidad de regular ciertos aspectos en Internet y seamos los foristas quienes os demos soluciones?..., yo pienso que a todos nos encantará aportar soluciones democráticas a cualquier gobierno que las solicite, que es así como debería ser siempre, y todos contentos.
Un saludo.
RESPUESTA
Estimad@ participante:
¿Dónde pone eso en la ley? Esta web, la web del PP, tiene un Foro y no está bajo las indicaciones de la LSSI. La financiación de una web personal, repetimos, de una web personal, no se considera prestación de servicios, porque ese dinero que obtiene por los banner, es una financiación, no es un dinero por un servicio que el web master presta. Y como no es un prestador de servicio, NO SE TIENE QUE REGISTRAR EN NINGUN SITIO. Usted tiene dos posibilidades: creernos o ir a inscribirse sin necesidad.
Atentamente,
Foros 2000
Partido Popular
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